10610732_1519848101588056_7016735395582942203_nEn la sesión de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, en donde se discute la Reforma Constitucional de Equilibrio de Poderes, el representante Antonio Restrepo Salazar, y por conducto del representante Rodrigo Lara Restrepo, del partido Cambio Radical, y quien actúa como ponente en esa célula legislativa, radicó una proposición tendiente a  incluir nuevamente el tema de la circunscripción departamental para el Senado (el artículo había sido eliminado en la plenaria del Senado por proposición del senador Jimmy Chamorro y que fue votada favorablemente), con lo cual se busca modificar el Artículo 171 de la Constitución Política, en donde establece la posibilidad de que haya “un senador por cada uno de los departamentos con menos de setecientos mil (700.000) habitantes, de acuerdo con el último censo poblacional, y los demás se elegirán por circunscripción nacional”.

En este sentido, se reabre el debate para que el departamento del Quindío tenga un senador elegido por la circunscripción departamental,  y por la trascendencia en la integración de este órgano de representación, se propone incorporar un sistema mixto en la elección del Senado de la República; es decir, que una parte de los senadores sean elegidos en circunscripciones territoriales cuya población sea inferior a setecientos mil habitantes (700.000)  y el número restante, en la circunscripción nacional.

Esta iniciativa busca dar una respuesta a los más variados e insistentes reclamos sobre los efectos que tuvo la incorporación de la circunscripción nacional en la Constitución de 1991, y también constituye una respuesta seria e incluyente en el marco de la reconciliación nacional, al ofrecer a aquellos departamentos, que por su escasa densidad demográfica no tendrían manera de acceder al Senado de la República. Con esta iniciativa se pretende extender a toda Colombia la vocería de las regiones, lo cual constituye, en sí mismo, un esfuerzo real y efectivo para alcanzar la paz.

Conforme ha sido varias veces reiterado, es constitucionalmente legítimo que la conformación del Senado no atienda necesariamente a criterios geográficos sino a razones demográficas, es decir, que los departamentos con menos de setecientos mil habitantes, esto es Quindío,  Amazonas, Caquetá, Putumayo, Chocó, Vichada, Guainía, El Archipiélago de San Andrés, Arauca, Casanare, Guaviare y Vaupés, tengan una representación mínima, que no tienen actualmente en el Senado, lo cual le resta principios de representatividad en esta célula legislativa.

Así mismo, se busca terminar con el hecho de que se ha dejado sin representación en la cámara alta departamentos cuya población no tienen un universo electoral competitivo, puesto que el número de votos que depositan, unido a las contradicciones democráticas internas que dividen la votación, no son suficientes para alcanzar escaños en el Senado.

De esta manera, sus intereses carecen de quién los defienda como propios en los debates parlamentarios, situación que afecta, incluso, las apropiaciones presupuestales necesarias para su desarrollo.

Esta situación lleva a plantear un origen mixto del Senado de la República, que garantice a los pequeños departamentos presencia en esa cámara, sin afectar de manera sensible la representación proporcional de las fuerzas minoritarias y la formación de líderes nacionales.

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