Sandra Milena Gomez Fajardo - Dir CRQ (2)CRQ emitió medida preventiva de suspensión en relleno sanitario Villa Karina de Calarcá 

La directora general de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, Sandra Milena Gómez Fajardo, informó que de acuerdo a consideraciones técnicas de un equipo de expertos de la CRQ, basados en el principio de precaución, y en su compromiso firme con los quindianos de continuar propendiendo por la defensa, el cuidado y la protección de los recursos naturales se emitió la medida preventiva de suspensión de las actividades en el relleno sanitario Villa Karina de Calarcá. 

La líder de la autoridad ambiental en el departamento recordó que el propósito principal de la CRQ, como entidad amiga y humana, es defender los intereses de la comunidad quindiana en cumplimiento de su labor misional y en atención al control y vigilancia permanente que debe realizar; por tal motivo se impuso la medida preventiva a la empresa Multipropósito de Calarcá hasta tanto no se cumplan los requerimientos establecidos en la resolución número 518 del 21 de marzo de 2014.
“La corporación está firme con la defensa de cualquier acto que ponga en riesgo los ecosistemas quindianos y ante las presuntas contaminaciones al recurso del agua, aire y suelo debemos decir que estamos presentes para hacer respetar el derecho al disfrute de un ambiente sano, porque los quindianos cuentan con una entidad amiga que los defiende y que continuará firme en la protección de los recursos naturales”, afirmó la directora.

Gómez Fajardo reiteró que la CRQ continuará ejerciendo controles, evaluaciones y seguimientos a las empresas del departamento y muy especialmente en el caso de los rellenos sanitarios en donde se ha evidenciado presuntas inconsistencias y fallas a la luz de la normativa ambiental en torno a su funcionamiento y operación. En el caso del relleno sanitario Villa Karina de Calarcá se evidenciaron presuntos incumplimientos normativos que están ocasionando presuntos riesgos ambientales a la comunidad del sector y este es un servicio público que debe ser totalmente amigable con el medio ambiente y, más aun, debe guardar un respeto total y permanente por la comunidad”, explicó.

La directora agregó que la corporación seguirá ejerciendo su autoridad y exigirá con vehemencia el respeto y la sostenibilidad ambiental a las empresas y proyectos que se desarrollan en la región para que sean amigables con los recursos de suelo, aire y agua, entre otros, y no trasgredan el derecho colectivo de las comunidades a disfrutar de un ambiente sano.

“Esperamos que Multipropósito reciba a bien la medida preventiva, que tome en consideración todos los requerimientos técnicos que se le plantearon y así tomen cartas en el asunto para que de manera inmediata empiecen a implementar las acciones de corrección y en el menor tiempo posible pueda cumplir con lo que desde la CRQ se les ha solicitado”, concluyó.

Aspectos técnicos de la medida preventiva al relleno Villa Karina

Mediante la resolución número 518 del 21 de marzo de 2014, la Corporación Autónoma Regional del Quindío, en atención al control y vigilancia permanente que debe realizar sobre la licencia ambiental del relleno sanitario Villa Karina, de Calarcá, operado por la empresa Multipropósito S.A E.S.P, dictó la suspensión de sus actividades por las presuntas acciones consistentes en:

  1. Agotar la capacidad de recepción de residuos sólidos y no tener disponibilidad para el manejo final de nuevos residuos.
  2. Manejo inadecuado del relleno con vertimiento de lixiviados a la quebrada El Crucero, afluente del rio Quindío, con lo que se genera afectación ambiental en la zona.

Dicha medida fue tomada a partir de la visita que realizó el grupo técnico de la CRQ al relleno, ubicado en la vereda Chagualá de Calarcá, el pasado 25 de febrero de 2014, en la que se evidenciaron estas presuntas irregularidades y asimismo la corporación formuló recomendaciones técnicas para evitar la presente decisión.

La CRQ tomó dicha medida preventiva en virtud de la facultad de protección y prevención a los derechos colectivos de seguridad y salubridad pública, que la ley 1333 de 2009 otorga a las corporaciones autónomas regionales en la persecución del cumplimiento a los derechos a la salud y una vida y ambiente sanos. La medida entró en vigencia a partir de las cero horas del martes 25 de marzo y se mantendrá hasta tanto la empresa Multipropósito S.A E.S.P de Calarcá evite:

1- Prohibición de realizar el vertimiento de lixiviados sobre canales de aguas lluvia y sumideros que descargan sobre fuentes hídricas (Decreto 3930 de 2010 y código de recursos naturales decreto 1471 de 1977).

2-Presentar el plan de cierre y post clausura del vaso activo para lo que se le otorga un plazo de 15 días calendario.

3- Presente de manera inmediata un plan de contingencia para manejo de residuos en un lugar diferente.

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